El Colegio Profesional de Entrenadores de Chile exhibe su preocupación por la llegada de directores técnicos que no cumplen los requisitos establecidos por Conmebol, ni por la Asociación Nacional de Fútbol Profesional.
En los últimos días han sido anunciados oficialmente los señores Tomás Arrotea (Unión San Felipe) y Luca Marcogiuseppe (Unión La Calera).
El asunto es que de acuerdo al listado oficial que mantiene Conmebol actualizado en su sitio web (https://www.conmebol.com/es/laconmebol/entrenadores-con-licencia-conmebol), ninguno de los dos presenta la licencia Conmebol Pro, requisito para dirigir en el país que tiene cualquier entrenador que haya cursado sus estudios fuera de Chile.
Cabe destacar que así como en Chile es requisito – sin distingo de nacionalidad – tener esta acreditación para todos quienes hayan cursado sus estudios en el extranjero, cualquier profesional que haya hecho lo propio en Chile deberá cumplir con esta normativa para dirigir en una competencia profesional de otro país de Sudamérica.
Esto, de acuerdo a la normativa establecida desde la entrada en vigencia en 2020 del documento Convención de Licencias de Entrenadores Conmebol, que todas las asociaciones se obligaron a cumplir al momento de su suscripción.
BASES DE COMPETENCIA
Recordamos que en Chile, el requisito citado está refrendado en las bases de competencia. Para ello acompañamos el Artículo 8, inciso 3 de bases de Primera División 2020, Primera B 2020 y Segunda División 2020. “Para la inscripción de directores técnicos o directores técnicos ayudantes se deberá acreditar que cuentan con su Licencia PRO Nacional. En los casos que éstos fueren extranjeros, deberán acreditar su Licencia PRO Conmebol”.
Se exige que la Asociación Nacional de Fútbol Profesional dé cumplimiento a lo establecido en su reglamentación y que cumpla con las disposiciones de Conmebol.